La Cámara Minera de México está alzando la voz para exponer una preocupación de gran calado dentro del sector ante la modificación al Artículo 118 de la Ley de Aguas Nacionales, impulsada en la Cámara de Diputados. Este gremio advierte que la nueva redacción plantea restricciones tan amplias que, en la práctica, podrían traducirse en la imposibilidad de instalar y operar infraestructura minera en buena parte del territorio nacional.
Para la Cámara, la medida presenta un problema estructural: afectaría de manera directa a las zonas montañosas y de topografía compleja, donde se concentran la mayoría de los yacimientos del país, y comprometería tanto la operación cotidiana como el desarrollo futuro de nuevos proyectos. Además, tendría un impacto disruptivo en la disponibilidad de minerales estratégicos que abastecen a la industria nacional y a las cadenas de suministro de Norteamérica, en un momento en el que la relocalización de procesos productivos y la demanda de metales críticos se encuentran en ascenso.
El organismo subraya que la prohibición planteada carece de sustento técnico, y desconoce la realidad de la minería moderna. Sostiene que, si se aplicara tal como está, México pasaría de ser un país con alto potencial geológico a uno dependiente de la importación de minerales esenciales, debilitando su competitividad industrial y comprometiendo su seguridad económica y energética. En opinión de la Cámara, el riesgo no es sólo operativo, sino estratégico: la restricción afectaría los incentivos para invertir, frenaría proyectos de exploración, retrasaría expansiones previstas y enviaría señales negativas a los mercados internacionales en un contexto global donde los minerales clave para la transición energética —como el cobre, el litio, el zinc y la plata— son cada vez más relevantes.

Parece que Yunes y Cortés ya se traían ganas
La Cámara Minera, enfatiza que la minería formal, regulada y sujeta a vigilancia permanente en México no descarga desechos tóxicos en cauces, vasos, zonas federales o cuerpos de agua. Señala que los residuos derivados de los procesos de beneficio se confinan en depósitos de jales y en obras hidráulicas especialmente diseñadas bajo estrictos criterios técnicos y ambientales. Estas instalaciones, depósitos, represas, diques, sistemas de tratamiento, canales de desvío y estructuras de contención, se construyen conforme a la normativa de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales y sólo después de contar con autorizaciones basadas en estudios detallados y en supervisión continua. La Cámara explica que esta infraestructura es indispensable no sólo para operar con seguridad, sino para garantizar la protección de las comunidades, de los acuíferos y del entorno.
Según el organismo, la redacción considerada para el Artículo 118 equipararía cualquier infraestructura minera con una actividad contaminante e implicaría prohibir de manera generalizada la construcción de obras esenciales en zonas federales, lo que impediría a las empresas cumplir obligaciones ambientales y operativas que, paradójicamente, la misma ley exige. Este escenario, dicen, pondría en riesgo a más de 3 millones de personas que dependen directa o indirectamente de la minería, paralizaría a las regiones cuya economía gira en torno a esta actividad y acentuaría la incertidumbre regulatoria en un sector que aporta de manera sustantiva al PIB, al empleo formal y a la cadena de valor manufacturera del país.
La Cámara Minera sostiene que cualquier modificación al Artículo 118 debe reconocer la particular geografía del territorio mexicano, donde los terrenos inclinados, las pendientes pronunciadas y la orografía compleja imposibilitan aplicar prohibiciones absolutas sin afectar la operación legal. También insiste en que la norma debe establecer con claridad que los residuos mineros se confinan en obras controladas y no se vierten en cuerpos de agua, y que se requiere un sistema robusto, y no restrictivo en exceso de autorizaciones, seguimiento y supervisión que permita operar con estándares internacionales.
Este gremio sentencia que el país se encuentra ante una definición regulatoria que podría marcar su rumbo productivo durante las próximas décadas. Una legislación construida sin soporte técnico, señala, no sólo obstaculizaría actividades esenciales para la industria y la transición energética, sino que también pondría en riesgo la competitividad regional en un entorno global cada vez más exigente. Para la Cámara, el desafío no consiste en frenar la actividad minera, sino en asegurar que México cuente con reglas claras, modernas y ejecutables, capaces de proteger el ambiente sin desmantelar uno de los pilares industriales que sostienen el desarrollo económico del país.
Nombramiento en Gas Natural. La Asociación Mexicana de Gas Natural (AMGN) llevó a cabo su Reunión Anual de Socios, donde anunció el relevo en su dirigencia y delineó las prioridades del sector, al confirmar que Alfredo Bejos Inclán, vicepresidente ejecutivo de Diavaz Gas & Energía, asumirá la presidencia del organismo a partir de enero de 2026, mientras que Abraham Zamora, presidente de Sempra Infraestructura México, ocupará la vicepresidencia, en un movimiento que garantiza continuidad operativa y estratégica; durante el encuentro, realizado en Oaxaca, se subrayó que la gestión saliente consolidó a la AMGN como un interlocutor clave del Gobierno de México y reforzó la coordinación entre empresas de la cadena de valor del gas natural, un energético considerado esencial para la seguridad energética, la competitividad industrial y la transición hacia fuentes más limpias; además, conferencias y paneles reunieron a representantes públicos y privados para analizar el potencial del gas natural en el desarrollo regional, la necesidad de infraestructura eficiente y el papel del sector en un entorno donde las inversiones, la confiabilidad del suministro y la modernización regulatoria resultan determinantes para el crecimiento económico del país.

