El Gobierno de la Ciudad de México presentó la iniciativa de Ley del Sistema de Cuidados de la CDMX (LSCCDMX) y, para ello, organiza una consulta pública del 25 de marzo al 16 de abril del presente año. Con este fin, se habilitaron un micrositio y mesas de discusión, aunque la difusión ha sido limitada.
Con esta propuesta, la capital se encuentra en la antesala de una transformación jurídica que pretende redefinir el contrato social. Al crear un Sistema Público de Cuidados, se busca transitar de un modelo de cuidados paliativos a uno integral que reconozca el cuidado como un derecho humano universal. Sin embargo, entre la nobleza del texto y la realidad presupuestaria persiste una brecha difícil de salvar.
En su artículo primero, la ley señala como objeto: “Garantizar el ejercicio universal, progresivo, indivisible e interdependiente del derecho humano al cuidado en sus tres dimensiones: el derecho a recibir cuidados, a brindar cuidados y al autocuidado”. El planteamiento resulta abstracto y, como sucede con gran parte de nuestra legislación, carece de los mecanismos claros para su ejecución.

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El paradigma de la LSCCDMX es sumamente ambicioso: no sólo busca acompañar el declive de la vida, sino sostener un sistema en todas sus etapas. Mientras el modelo actual es de corte médico-asistencial, la propuesta es estructural e incluye objetivos que parecen desbordar el sentido técnico de una ley, tales como: “desmercantilizar, desfeminizar y desfamiliarizar”.
La propuesta contempla la creación de Centros de Cuidados, Centros de Cuidado Infantil y Espacios de Acogida. Implementarlos requerirá una enorme inversión económica y una robusta base de personal. Surge entonces la pregunta obligada: ¿de dónde saldrán los recursos? En una ciudad con carencias críticas en banquetas, agua potable en escuelas y desabasto de medicinas, estas metas resultan, por decir lo menos, difíciles de cumplir.
Asimismo, la ley establece que el sistema estará integrado por el Gobierno central y las alcaldías; estas últimas estarían obligadas a contribuir con el 10% de su presupuesto, una imposición que será jurídicamente compleja de concretar. El esquema se divide en tres: un servicio comunitario (a cargo de alcaldías), un servicio público (Gobierno central) y un sistema privado (personas físicas o morales con autorización administrativa).
Para su operación, se plantea una Junta del Sistema de Cuidados como órgano rector. No obstante, estará integrada por la Jefatura de Gobierno y los titulares de diversas dependencias e institutos, sumando un total de 28 instituciones. Tal densidad burocrática vaticina una operatividad sumamente complicada.
En conclusión, la propuesta se percibe como una ley progresista acorde a las necesidades de la Ciudad de México. Sin embargo, ante la precariedad presupuestaria y las múltiples carencias sociales, corre el riesgo de convertirse en una más de nuestras leyes que, pese a su buena intención, resultan de imposible realización.

