La mifepristona es un medicamento que posibilita la interrupción médica del embarazo. Su utilización en Estados Unidos estaba autorizada desde el año 2000 por la Administración de Medicamentos y Alimentos (FDA). Ha sido prescrito como medio para terminar con gestaciones no deseadas hasta la décima semana de embarazo, ampliándose su aplicación mediante ajustes normativos realizados en 2016 y 2021.
En 2023, varios médicos y asociaciones médicas opuestas a su uso demandaron anular la autorización y, para ello, acudieron ante el juzgado del distrito federal del norte de Texas, cuyo titular prohibió su utilización. La FDA impugnó esa determinación ante la Corte de Apelaciones del Quinto Circuito. Este órgano decidió que la impugnación contra la aprobación inicial era extemporánea, pero mantuvo firme la parte que revertía las medidas de expansión en su uso. Inconformes, la FDA y un laboratorio acudieron a la Corte Suprema la cual, resolvió unánimemente en 2024 que los médicos demandantes carecían de legitimación jurídica para impugnar.
El año pasado, el fiscal del estado de Luisiana promovió una demanda ante el juez federal del distrito occidental de ese estado para restablecer el requisito de entrega presencial del medicamento. El juzgador la admitió, pero suspendió el requisito de comparecencia personal mientras la FDA concluye un análisis sobre la seguridad del uso de la mifepristona. El fiscal apeló la suspensión ante la Corte de Apelaciones del Quinto Circuito, quien revocó la suspensión al considerar que Luisiana sí tenía legitimación, ya que la posibilidad de prescripción remota y envío por correo permitía que mujeres residentes en ese estado accedieran al medicamento pese a las restricciones locales para abortar. Dos farmacéuticas solicitaron nuevamente la intervención de la Corte Suprema, buscando que, como lo había declarado en el caso de los médicos en 2024, determinara que el estado de Luisiana carece de legitimación.

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El 14 de mayo, la Corte Suprema resolvió mantener temporalmente el acceso por correo a la mifepristona. La decisión no resuelve el fondo del asunto, sino que mantiene suspendida la resolución mientras continúa la controversia en tribunales inferiores. A pesar del carácter provisional de esta medida, la resolución fue tomada por mayoría de los integrantes de la Corte, pues los justices Alito y Thomas votaron en contra.
Aun cuando el caso gira formalmente sobre la mifepristona, en realidad la disputa es más amplia. Al aprobar Dobbs v. Jackson Women’s Health Organization, la Corte Suprema eliminó el reconocimiento constitucional federal que tenían las mujeres para interrumpir voluntariamente el embarazo. En el fondo, el caso del medicamento muestra que anular un derecho constitucional no elimina necesariamente el conflicto político o jurídico asociado a él y sólo transforma el terreno donde la pugna se desarrolla. La controversia sobre el uso de la mifepristona revela que el debate dejó de centrarse únicamente en el derecho al aborto para trasladarse al terreno del federalismo, las agencias administrativas y el alcance de los poderes locales. Sigamos atentos a la resolución final.

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