Antonio Fernández Fernández

Las dos caras de la moneda en el outsourcing

ANTINOMIAS

Antonio Fernández Fernández
Antonio Fernández Fernández
Por:

No pago buenos sueldos porque tenga mucho dinero; tengo mucho dinero porque pago buenos sueldos

Robert Bosch 

El outsourcing consiste en la subcontratación de personal por terceros para realizar actividades complementarias a la actividad principal. El proceso se hace mediante una empresa que realiza parte de sus actividades por medio de la contratación de otra empresa que le proporciona el personal necesario para algunas áreas de trabajo.

En México, el outsourcing se encuentra regulado en el artículo 15-A de la Ley Federal del Trabajo, y no puede comprender las actividades principales de una empresa, únicamente puede emplearse para trabajos especializados. El outsourcing empezó a practicarse en la década de los ochenta, como una forma para que en ciertas áreas de las empresas las actividades las realizaran personas ajenas a ella, por ejemplo, la vigilancia, limpieza y mantenimiento de sistemas de cómputo.

Posteriormente, con la entrada en vigor del TLC en 1994, se incluyó en las reglas la subcontratación de personal para que las grandes maquiladoras tuvieran más beneficios y pudieran competir de mejor manera, se optimizaran las ganancias y también se libraran de estar sujetos a sindicatos extorsionadores; de esta forma el outsourcing se fue desarrollando a gran escala.

Las empresas fueron descubriendo que la subcontratación también les ahorraba costos fiscales, de seguridad social y laborales, no importando que se afectara a los trabajadores, quienes perdían sus derechos de antigüedad, a las utilidades y a la seguridad social, pues la mayoría son contratados bajo el esquema de trabajador temporal con renovaciones de contratos cada tres meses.

En México, hoy en día entre el 25 y 35 por ciento de los trabajadores está bajo el esquema de outsourcing, siendo las grandes empresas y el Gobierno los principales usuarios, desvirtuándose de los fines para los que fue creado; es decir, para servicios accesorios a la actividad principal de las empresas, pues hoy en día realizan también las actividades principales.

El outsourcing no es una práctica exclusiva de nuestro país; en América, Brasil es el principal usuario y México el segundo, pero los países que más lo utilizan son China, India y Malasia, su prohibición podría resultar perjudicial para la industria mexicana frente a los países maquiladores.

Hasta la fecha se han presentado al Congreso 25 propuestas para modificarlo o prohibirlo. Nuestros legisladores deberán elegir la que lo regule adecuada y funcionalmente que, sin prohibir el outsourcing, se sancione su incorrecta aplicación. Prohibir el outsourcing resultará una medida parecida a la de la extinción de los fideicomisos, se puede crear un problema mayor al que hoy existe. No todas las soluciones deben ser radicales, siempre se puede corregir y mejorar para que funcione mejor.

Uno de los graves problemas que se va a generar si se aprueba la cancelación total del outsourcing es la pérdida de empleos, sumados a los que ya se perdieron con la pandemia; sin estos empleos el país difícilmente se recuperará y por el contrario la economía se contraerá aún más; no es el momento para otro golpe a la economía.