Ejercicio judicial se realice con independencia

Proponen crear figura de ‘jueces sin rostro’ para casos de delincuencia organizada

Presidenta Claudia Sheinbaum envió al Congreso de la Unión una iniciativa para reformar el Código Nacional de Procedimientos Penales y la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, con el fin de crear la figura de “jueces sin rostro”

Poder Judicial en México.
Poder Judicial en México. Foto: Especial.

La presidenta Claudia Sheinbaum envió al Congreso de la Unión una iniciativa para reformar el Código Nacional de Procedimientos Penales y la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, con el fin de crear la figura de “jueces sin rostro”. La propuesta busca resguardar la identidad de personas juzgadoras en casos vinculados con la delincuencia organizada, ante el aumento de amenazas y agresiones. Las medidas estarán sujetas a revisión periódica y serán determinadas por el Órgano de Administración Judicial del Poder Judicial de la Federación.

De acuerdo con el documento, la propuesta garantiza que el ejercicio judicial se realice con independencia, imparcialidad, objetividad, profesionalismo y ética, mediante la implementación de medidas que preserven la seguridad e “identidad” de quienes imparten justicia, especialmente en casos relacionados con delincuencia organizada.

El resguardo de la identidad de las personas juzgadoras debe estar sometido revisión periódica y oficiosa por parte del Órgano de Administración Judicial del Poder Judicial de la Federación, a través de la Unidad Especializada que establezca al efecto, de tal forma que no se prolongue la medida.

La iniciativa contempla la adición del artículo 34 Bis a la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, dentro del capítulo “De la protección de las personas”, y la inclusión de los artículos 22 Bis y 22 Ter en el Código Nacional de Procedimientos Penales.

Estos artículos definen los mecanismos y criterios objetivos para solicitar medidas de resguardo, las cuales podrán ser requeridas por el Órgano de Administración Judicial del Poder Judicial de la Federación.

Entre los criterios establecidos se consideran: Indicios de participación de las personas procesadas; capacidad real del grupo delictivo para causar daño; gravedad del delito y pena asociada; existencia de amenazas o agresiones previas; otras circunstancias específicas del caso.

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FGR