SCJN emite resolutivo histórico

Tumban amparo a Luis de Llano; abuso sexual infantil no prescribe

Emite Corte fallo histórico en caso de Sasha Sokol contra el productor; plazos para denuncia vulnerarían acceso a la justicia, resuelve; sentencia abre vía para víctimas, dice cantante

El Productor Luis  de Llano y la cantante Sasha Sokol en fotos de archivo.
El Productor Luis de Llano y la cantante Sasha Sokol en fotos de archivo. Fotos›Cuartoscuro

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) emitió ayer un fallo histórico en la lucha contra el abuso sexual infantil, al determinar que no hay plazo de prescripción para que las víctimas de ese delito puedan denunciar sin importar el tiempo transcurrido.

Al resolver el amparo en revisión 86/2022, la Primera Sala rechazó por unanimidad amparar al productor televisivo, Luis de Llano, quien buscaba revertir la condena dictada en su contra por la Séptima Sala Civil del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México el 26 de septiembre de 2023, por abuso sexual infantil contra la cantante Sasha Sokol.

La exintegrante del grupo Timbiriche denunció en 2022 que De Llano Macedo abusó de ella cuando tenía 14 años y él 39, al haber existido una relación entre ellos, que era asimétrica por la diferencia de edad y la posición de poder del productor, quien a su vez era el responsable de su trayectoria profesional.

  • El Dato: La suprema corte determinó que resultan “infundados” e “inoperantes” los conceptos del productor y “lo procedente es negar el amparo y protección de la justicia”.

En la condena del 2023 se le ordenó el pago de la reparación del daño, ofrecer una disculpa pública, tomar un curso especializado en prevención de conductas de abuso sexual y nunca más mencionar el nombre de la cantante ni el asunto.

Luego de que De Llano Macedo argumentara que el tiempo para demandarlo expiró dos años después de los hechos, y que ni los padres de Sasha Sokol ni ella misma, al alcanzar la mayoría de edad, lo llevaron ante los tribunales, la SCJN atrajo el caso en octubre del año pasado, con el fin de resolver si los plazos de prescripción legales aplican en el caso de abuso sexual por parte de un adulto en una posición de poder frente a una menor.

El proyecto del ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo determinó que “cualquier término de prescripción vulneraría los derechos de acceso a la justicia de las personas que sufrieron violencia sexual cuando eran menores de edad, lo que además vulneraría el derecho a la libertad y seguridad sexual, a vivir una vida libre de violencia y a la integridad personal; por ello, debe considerarse que para estos casos no debe correr la prescripción”.

Además, que ello implicaría una postura incongruente en la que se desconocería la calidad de víctimas a las personas sobrevivientes, y desconocerían los daños sufridos, traduciéndose en revictimización.

Juan Martín Reyes, coordinador de Tejiendo Redes Infancia en América Latina y el Caribe, celebró el fallo de la Corte, al considerar que es un gran avance para México y para las víctimas infantiles de abuso sexual, en el aspecto conocido como “derecho al tiempo”, y largamente promovida por organizaciones y activistas por los derechos de la infancia, además de que se priorizó el interés superior de la niñez.

“Esta resolución de la Suprema Corte de Justicia es positiva y se suma a la lucha que diversas organizaciones y defensores de derechos de la infancia hemos impulsado en varios países, lo que llamamos el derecho al tiempo; es decir, que cada víctima infantil tiene su propio tiempo para poder tomar la fuerza o las condiciones para denunciar, tal y como lo describe la sentencia de la Corte”, señaló.

Subrayó que el precedente que se genera con dicha resolución abre la puerta a que se puedan detonar armonizaciones legislativas en todo el país para garantizar el derecho al tiempo, “y que no sea un tema que se tenga que litigar caso por caso, sino que desde ahora podamos actualizar todo nuestro marco normativo”.

Juan Martín Pérez recordó que la Corte Interamericana de Derechos Humanos ha señalado que las víctimas de violencia sexual tienen derecho a la justicia sin restricciones arbitrarias, como son la prescripción de los delitos, especialmente cuando se refiere a niños, niñas y adolescentes.

Cantante afirma: “Deberá aceptar las consecuencias”

› Por Tania Gómez

La cantante Sasha Sokol advirtió que el productor televisivo Luis de Llano deberá aceptar las consecuencias de sus actos, luego de que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) confirmara por unanimidad la condena en su contra, al probarse que cometió abuso sexual infantil.

“La Corte le ha negado el amparo. Ya no existe una instancia más alta en la justicia mexicana: deberá aceptar las consecuencias de sus actos”, señaló a través de un mensaje publicado en sus redes sociales.

La exintegrante del grupo Timbiriche destacó que la sentencia dictada por la Primera Sala trasciende por mucho su caso personal y abre la vía del juicio civil para otras víctimas, ya que la Primera Sala de la SCJN ha declarado la imprescriptibilidad de la acción civil en casos de abuso sexual de menores.

“Desde ahora, cuando esté lista, cada víctima podrá acceder a la justicia y a la verdad”, expresó.

  • El Tip: La SCJN asumió el caso en octubre del 2024 para determinar los plazos legales de prescripción por abuso sexual contra una menor.

La cantante también señaló que el proceso contra De Llano Macedo le ha permitido volver a tener en sus manos las riendas de su vida.

“Llevar las cosas hasta aquí me ha devuelto la capacidad de acción. Hoy tengo en mis manos las riendas de mi vida y puedo cuidarme. Estabilizar la verdad es el principio de la reparación”, expresó, tras conocer el fallo judicial.

“A los catorce años no tuve herramientas para comprender lo que me estaba pasando, mucho menos para defenderme. El abuso de Luis (De Llano) también sucedió al manipular la verdad con declaraciones falsas como que mis papás estaban de acuerdo, o incluso mintiendo ante el juzgado al declarar que la relación no había existido más que ‘en la mente de una niña fantasiosa’”, repuso.

Agregó que, debido a ello, “la justicia lo ha condenado por el abuso continuo; desde la relación sexual hasta el daño moral que violentó mi dignidad, integridad física, intimidad y honor”, concluyó.

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