Y fue el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, que preside la magistrada Mónica Soto, el que ayer defendió su decisión de confirmar la resolución de la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral del Instituto Nacional Electoral, que declaró la improcedencia de una queja presentada por una organización civil por la elaboración y reparto de acordeones en la elección judicial. “La decisión… se apegó a la línea jurisprudencial que obliga a la autoridad administrativa, en este caso el INE, a declarar improcedente aquellas denuncias que no contengan los elementos mínimos para poder iniciar una investigación. Es decir, la queja no expresó en ningún momento las circunstancias de tiempo, modo y lugar, ni los sujetos responsables, que habrían conformado los hechos infractores”, sostuvo el Tribunal, que además recalcó que las notas periodísticas en las que se sustentaba la denuncia tampoco contenían información suficiente. Y, ¿qué significa lo anterior? Pues que, en pocas palabras, por más inconformidades que haya, ese asunto ya se cerró, nos comentan.