Al considerar que no existe una sola prueba contundente de que los acordeones influyeron en la votación del 1 de junio, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) declaró la validez de la elección de los seis integrantes del Tribunal de Disciplina Judicial (TDJ).
En la sesión de este martes, el bloque de magistrados integrado por Mónica Soto, Felipe de la Mata y Felipe Fuentes impuso su mayoría para desechar las pruebas presentadas contra las guías de apoyo que aparecieron durante la elección judicial, al carecer de valor y determinancia para anular el proceso.

Las 87 impresiones de acordeones, 225 guías digitales, tres videos, 47 publicaciones en Facebook, 16 en la red social X y 34 noticias periodísticas no fueron suficientes para determinar la nulidad de la elección de los miembros del TDJ.
“Los 87 acordeones físicos son documentales privados; los 225 acordeones digitales, publicaciones en Facebook, X y Tiktok, así como las ligas que remiten a noticias, son pruebas técnicas. Todos esos elementos de pruebas tienen una naturaleza privada por ser documentos aportados por la parte actora.
“Ahora, al tener la naturaleza de documentos privados y técnicas, entonces carecen de plenitud probatoria porque, como se verá a continuación, no generan convicción sobre la veracidad de los hechos. La actora parte de la premisa incorrecta y subjetiva de que todo acordeón fue encontrado, fue usado, leído y obedecido. Sin embargo, no se prueba que ello haya ocurrido de esa manera”, agregó el proyecto del magistrado De la Mata.
Rechazó que haya evidencias para determinar que Morena tuvo influencia en la integración del nuevo TDJ o que sus funcionarios habrían financiado los acordeones para imponer esas candidaturas, pues argumentó que las pruebas pudieron haber sido manipuladas.

“No se prueba la participación de funcionarios, servidores de la nación y de Morena. Ninguna prueba logra acreditar quién o quiénes fueron los responsables de la supuesta estrategia ilegal. Las imágenes digitales en modo alguno prueban la participación de funcionarios, servidores de la nación y Morena, porque de tales pruebas de ninguna manera se observan las circunstancias de tiempo, modo y lugar”, expuso.
La magistrada presidenta del TEPJF, Mónica Soto, sostuvo: “El material probatorio sigue siendo mera sospecha, y los elementos probatorios que están en los expedientes no prueban que fueron distribuidos (…) Con eso no se puede anular una elección, porque no hay una sola prueba”.

Insistió en que no hay elementos probatorios de que los 47 acordeones hayan sido utilizados o de alguna manera influido en la votación de los integrantes del TDJ.
El magistrado Felipe Fuentes coincidió al argumentar que “no se establece cómo se obtuvieron esos acordeones para determinar esos grados que exige la propia doctrina de esta Sala Superior de gravedad que llevaran a la nulidad de la elección”, y dijo que estos son fácilmente manipulables.
Mientras, el magistrado Reyes Rodríguez votó en contra del proyecto porque “realiza una valoración segmentada de las pruebas, hace afirmaciones dogmáticas sobre lo que pudieran generar los acordeones”.
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