La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) resolvió que no es competente para pronunciarse en torno a la investigación que reactivó el Órgano Interno de Control (OIC) del Instituto Nacional Electoral (INE) contra consejeros y exconsejeros que en 2021 votaron por postergar la consulta de revocación de mandato.
La resolución dividió a la Sala Superior en una votación cerrada de cuatro contra dos magistrados. Claudia Valle Aguilasocho y los magistrados Gilberto Batiz, Felipe Fuentes Barrera y Felipe de la Mata, respaldaron el desechamiento del recurso interpuesto por la consejera electoral Claudia Zavala, quien impugnó el inicio de la investigación en su contra
- El Tip: En 2021 el Consejo General del INE aprobó diferir la consulta de revocación de mandato, lo que después modificó el TEPJF.
Felipe Fuentes propuso desechar el recurso al considerar que “escapa” a la Sala Superior conocer de dicha investigación, al no tratarse de un tema electoral, y calificarlo como un conflicto interno del INE.
Sin embargo reconoció que los consejeros son autónomos en sus decisiones y que no deberían ser juzgados por el sentido de sus votos.
“El régimen de responsabilidades administrativas no debe implementarse en detrimento de la autonomía, independencia ni libre ejercicio de las funciones constitucionales del Instituto y de sus integrantes”Felipe Fuentes, magistrado del TEPJF
En contraste, las magistradas Janine Otálora y Mónica Soto manifestaron su desacuerdo con esta postura mayoritaria. Ambas consideraron que “hay una conexión directa con la materia electoral y la posible violación de derechos políticos de la consejera Zavala, por cuestionarse su apoyo a la posposición de la revocación de mandato cuando la actuación de las consejerías debe ser autónoma e independiente”.
En ese sentido, argumentaron que la Sala Superior sí debía pronunciarse sobre el fondo del asunto para proteger la autonomía de las decisiones de los consejeros electorales.
Los hechos que originaron esta controversia se remontan a diciembre de 2021, cuando el Consejo General del INE aprobó, con seis votos a favor, diferir la organización de la revocación de mandato del entonces presidente Andrés Manuel López Obrador.
La justificación técnica fue que el instituto no contaba con los recursos presupuestales necesarios para cumplir con los requisitos legales que demandaba ese ejercicio democrático inédito en el país.
Entre quienes respaldaron esta decisión figuraba el entonces presidente del organismo, Lorenzo Córdova, acompañado por cinco consejeros más.
La determinación provocó una fuerte reacción política de sectores afines al Gobierno Federal. El diputado morenista Sergio Gutiérrez Luna presentó incluso una denuncia penal contra los consejeros involucrados, acusándolos de obstaculizar un derecho constitucional de los ciudadanos, aunque posteriormente abandonó estas acusaciones legales.
La polémica se reavivó en septiembre pasado, cuando el Órgano Interno de Control del INE reactivó el procedimiento administrativo contra seis funcionarios, de los que tres consejeros continúan en activo: Dania Ravel Cuevas, Claudia Zavala y Jaime Rivera.
La consejera Dania Ravel confirmó públicamente el inicio de este proceso administrativo.
Con esta resolución de la Sala Superior del TEPJF, las consejerías electorales investigadas deberán enfrentar el procedimiento administrativo del OIC sin la posibilidad de recurrir a la instancia jurisdiccional electoral para cuestionar la competencia o procedencia de estas indagatorias.
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cehr