La Cámara de Diputados aprobó en lo general y lo particular la minuta devuelta por el Senado de la República en materia de extorsión, que prevé penas de hasta 42 años de prisión.
Con en lo general con 450 votos a favor, cero en contra y cero abstenciones quedó aprobada la minuta que expide Ley General para Prevenir, Investigar y Sancionar los Delitos en Materia de Extorsión.
Además, se aprobó en lo particular con 409 votos a favor, 33 en contra y una abstención, con lo que pasa al Ejecutivo Federal.

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El artículo 15 de la Ley quedaría de la siguiente forma:
“A quien, sin derecho, obligue a otro a dar, hacer, dejar de hacer o tolerar algo, obteniendo un beneficio o lucro para sí o para otro o causando a alguien un daño o perjuicio patrimonial, moral, físico o psicológico, se le impondrán de 15 a 25 años de prisión y una multa de 300 a 500 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización".
La penalidad se incrementa de cuatro a ocho años de prisión cuando las víctimas sean personas dedicadas al comercio, la agricultura, la ganadería o la pesca, así como cuando se les obligue a fijar los costos de sus mercancías o servicios. En caso de presentarse ambos supuestos en su máxima expresión, la condena puede alcanzar los 33 años de cárcel.
Cuando se emplee violencia física o psicológica para exigir el pago por daños ocasionados en un accidente, la sentencia aumenta entre 7 a 17 años. Esta disposición también abarca a personas privadas de su libertad que cometan extorsión desde los centros penitenciarios, pudiendo llegar la pena hasta 42 años de prisión.
Otro cambio importante consistió en restablecer la condena de 10 a 20 años de cárcel contemplada en el artículo 21 de la propuesta presentada por la Presidenta Claudia Sheinbaum Pardo, dirigida a fiscales del Ministerio Público, elementos policiales y personal de custodia penitenciaria que omitan reportar este delito, convirtiéndose así en cómplices de los criminales.
Con información de Tania Gómez.
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