Corte preserva defensa ambiental

Corte rechaza proyecto que limitaría amparos ambientales de organizaciones civiles

La decisión evita elevar los requisitos para que asociaciones civiles promuevan amparos en defensa del medio ambiente

Ministros y ministras de la Suprema Corte, en una fotografía de archivo.
Ministros y ministras de la Suprema Corte, en una fotografía de archivo. Foto: SCJN

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) cerró este jueves la puerta a un proyecto que habría dificultado drásticamente la defensa judicial del medio ambiente por parte de organizaciones civiles.

Con siete votos en contra y solo dos a favor, los ministros determinaron que no existe contradicción de criterios entre tribunales sobre el tema, evitando así sentar un precedente que habría exigido requisitos más estrictos a colectivos como Greenpeace para promover amparos ambientales.

El proyecto de la ministra Yasmín Esquivel impulsaba establecer la obligación de las las asociaciones civiles a demostrar un daño concreto y diferenciado antes de poder defender el derecho a un medio ambiente sano mediante juicios de amparo.

Bajo su visión, no bastaría con que una organización incluyera en sus estatutos la protección ambiental para acreditar legitimidad jurídica, sino que tendría que probar una afectación real y específica, más allá del perjuicio general que sufriría cualquier ciudadano.

La controversia se originó cuando Greenpeace México detectó en 2021 posturas opuestas entre dos tribunales federales. Uno de ellos avaló que las personas morales pueden acreditar interés legítimo para impugnar violaciones ambientales, mientras otro lo rechazó categóricamente.

Esquivel Mossa argumentó que existía una contradicción que debía resolverse, pero la mayoría del Pleno consideró que los casos analizados por ambos tribunales no eran comparables.

El ministro presidente Hugo Aguilar Ortiz explicó la razón del rechazo al señalar que los tribunales abordaron cuestiones distintas.

“El punto medular que se analiza es que las personas morales no tienen derechos humanos, una asociación u organización es un ente jurídico, una ficción jurídica, ese fue el criterio (del tribunal colegiado), no estoy tratando de entrar a fondo para decir si esto es acertado o no, sólo estoy ilustrando que son cuestiones distintas los que se debaten y, desde mi perspectiva, no hay el punto de toque para abordar la contradicción de criterios”, expresó.

La propuesta de Esquivel Mossa se alineaba con la reciente reforma a la Ley de Amparo del 17 de octubre, que endureció los parámetros para demostrar interés legítimo.

La ley exige que quien promueva un amparo acredite un daño real y distinto al resto de la población, además de que la anulación del acto reclamado le genere un beneficio tangible y no meramente hipotético.

El proyecto rechazado establecía que “el objeto social de una persona moral no es un elemento que, por sí solo y analizado de manera aislada, pueda ser considerado para efectos de acreditar su interés legítimo para acudir al juicio de amparo a reclamar violaciones al derecho al medio ambiente sano, a pesar de que este se hubiese descrito en su acta constitutiva como encaminado a la protección o defensa de los derechos humanos de manera genérica o, específicamente, del derecho al medio ambiente sano”.

Antes de llegar al fondo del debate, el ministro Giovanni Figueroa Mejía cuestionó si la Corte tenía siquiera competencia para resolver el asunto, argumentando que debía corresponder al Pleno Regional Centro-Norte por tratarse de tribunales de una misma zona geográfica. Aunque seis ministros votaron por mantener la competencia en la SCJN, finalmente siete determinaron que la contradicción era inexistente.

Esquivel Mossa justificó su iniciativa advirtiendo sobre el riesgo de “sobrecargar el sistema judicial mexicano” si se permite que cualquier asociación reclame afectaciones a bienes colectivos sin acreditar un perjuicio directo.

No obstante, para organizaciones ambientalistas, el rechazo del proyecto representa mantener abierta una vía crucial de defensa ante megaproyectos o políticas públicas que amenacen los ecosistemas del país.

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MSL

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