POR HABER incurrido en abuso de funciones con la adquisición anómala de granos y pagos por servicios, René Gavira Segreste, extitular de Administración y Finanzas de Seguridad Alimentaria Mexicana (Segalmex), y otros dos funcionarios, fueron sancionados al pago de una indemnización por arriba de los 260 millones de pesos.
Así lo resolvió el Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA), en cuya sentencia indicó el pago en conjunto de 261 mil 579 millones, y la inhabilitación de los tres exfuncionarios durante una década, tras concluir que se acreditaron las evidencias plenas de “responsabiliad administrativa por la comisión de la falta grave de abuso de funciones”.
Los otros exservidores sancionados son Miguel Carrillo Villarreal, exdirector de Planeación, Precios de Garantía y Estímulos, y Oliverio Pérez Santoyo, exgerente de Acopio.
- El Tip: Se estima un daño mayor a 15 mil mdp en Segalmex por contratos simulados y pagos por productos no entregados.
A los tres se les señaló directamente como los responsables de haber realizado compras de granos y servicios de traslado bajo argumentos de que eran urgentes, sin que se hubiera acreditado con documentos tal determinación ni tampoco que el abasto fuera por una emergencia que justificara tal compra.
Además, las autoridades encontraron que dichas adquisiciones se llevaron a cabo en incumplimiento de los Lineamientos de Operación del Programa de Precios de Garantía, lo cual enmarcó un daño patrimonial a Segalmex, ya que además, las compras se realizaron por medio de adjudicaciones directas y a precios de mercado.
- 7 procesos penales enfrenta René Gavira por diversos delitos
La inhabilitación dictada implica que ninguno podrá ocupar ningún cargo público ni participar en procesos de adquisiciones, arrendamientos, servicios ni obras públicas por 10 años.
Gavira Segreste se encuentra bajo prisión desde hace dos años y cinco meses y enfrenta otros señalamientos que lo vinculan con la delincuencia organizada, así como peculado y operaciones de procedencia ilícita.
La sentencia puede ser impugnada por los señalados; sin embargo, de ratificarse, se procederá al pago de la reparación por medio de un crédito fiscal sobre los bienes y cuentas de los exfuncionarios, operación que quedará a cargo del Servicio de Administración Tributaria.


