El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) aprobó un amparo en revisión que obliga a las autoridades del Estado de México a implementar medidas inmediatas contra la sobrepoblación y el hacinamiento en el Centro Penitenciario Nezahualcóyotl-Bordo Xochiaca.
La resolución judicial exige frenar el deterioro en la calidad de vida de las personas reclusas y elaborar, en un plazo no mayor a seis meses, un plan multidisciplinario e interinstitucional que resuelva esta problemática de forma permanente.
El asunto llegó al máximo tribunal del país tras un juicio promovido por la Secretaría Técnica de Combate a la Tortura del Instituto Federal de Defensoría Pública. La acción denunció la omisión sistemática de las autoridades estatales para garantizar condiciones dignas.

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Actualmente, el penal mexiquense conocido como Neza-Bordo alberga a más de 5 mil personas privadas de la libertad, a pesar de que su infraestructura original fue diseñada para recibir a menos de 2 mil internos.
Esta disparidad representa una tasa de sobrepoblación del 236 por ciento. Dicha cifra rebasa de manera alarmante el umbral crítico del 120 por ciento establecido por la Corte Interamericana de Derechos Humanos para prevenir tratos crueles e inhumanos.
Durante la discusión en el Pleno, la ministra Yasmín Esquivel Mossa subrayó que las dificultades de gestión o las limitaciones financieras no deben convertirse en un castigo no previsto por la ley para la población penitenciaria.
“Las dificultades administrativas o presupuestarias no pueden convertirse en una pena adicional para quienes ya están pagando la que les impuso una sentencia judicial”, sostuvo la ministra al pronunciarse a favor de proteger la dignidad de los internos.
Esquivel Mossa expuso que la saturación atenta contra necesidades elementales como el descanso, la higiene, la atención médica oportuna y el acceso a programas efectivos de reinserción social en la entidad.
La medida dictada por la SCJN contempla acciones coordinadas y bajo estricta supervisión judicial, requiriendo la entrega de informes trimestrales de cumplimiento para verificar que no continúe agravándose la crisis dentro del establecimiento penal.
El fallo sienta un precedente clave en el país en materia de derechos humanos, al señalar que la pérdida de la libertad no implica la renuncia a los derechos fundamentales reconocidos por la Constitución mexicana.
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MSL


