Veinte legislaturas estatales ya la avalaron

Reforma de nacionalidad única alcanza votos necesarios de congresos estatales para ser constitucional

Reforma que establece la nacionalidad mexicana única como requisito para quienes aspiren a la Presidencia de la República, gubernaturas y Jefatura de Gobierno de CDMX, alcanzó los votos necesarios para convertirse en parte de la Constitución

Imagen temática de la Cámara de Diputados
Imagen temática de la Cámara de Diputados Foto: Cuartoscuro

La reforma constitucional que establece la nacionalidad mexicana única como requisito para quienes aspiren a la Presidencia de la República, las gubernaturas y la Jefatura de Gobierno de la Ciudad de México ya alcanzó los votos necesarios para convertirse en parte de la Constitución, luego de que 20 Congresos estatales aprobaron el proyecto.

El artículo 135 constitucional establece que las reformas a la Carta Magna requieren la aprobación del Congreso de la Unión y de la mayoría de las Legislaturas de los estados y de la Ciudad de México.

Con 32 entidades federativas, el mínimo es de 17; por lo que los 20 votos aprobatorios registrados hasta ahora superan el umbral requerido. El mismo artículo señala que posteriormente corresponde al Congreso de la Unión realizar el cómputo y la declaración de aprobación.

Las Legislaturas que han avalado la reforma son Tabasco, Ciudad de México, Oaxaca, Nayarit, Quintana Roo, Chiapas, Baja California, Tamaulipas, San Luis Potosí, Morelos, Hidalgo, Sinaloa, Yucatán, Colima, Veracruz, Guerrero, Estado de México, Sonora, Zacatecas y Puebla.

La reforma modifica los artículos 82, 116 y 122 de la Constitución para establecer que quienes busquen la Presidencia, una gubernatura o la Jefatura de Gobierno deberán ser mexicanos por nacimiento y no tener ni adquirir otra nacionalidad.

Si cuentan con una segunda nacionalidad, deberán renunciar a ella antes de solicitar su registro como candidatos.

La disposición va más allá del momento de la candidatura. Una vez en el cargo, la persona tampoco podrá adquirir o solicitar otra nacionalidad, invocar ante autoridades extranjeras una nacionalidad distinta de la mexicana, utilizar pasaporte o documento de identidad expedido por otro Estado, ejercer derechos políticos derivados de otra ciudadanía o acogerse a la protección diplomática de un gobierno extranjero.

La modificación no elimina la doble nacionalidad para los mexicanos en general. El cambio se concentra en quienes pretendan encabezar el Poder Ejecutivo federal o alguno de los poderes ejecutivos locales contemplados en la reforma.

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FGR


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