Con una votación de 7 a 2

SCJN invalida resolución del INAI que ordenaba a FGR revelar nombres y cargos del personal

La SCJN invalidó la resolución del INAI en la que ordenaba a la FGR revelar los nombres y cargos de su personal; consideró que se pondría en riesgo la vida, seguridad y salud de los trabajadores

La Corte resolvió que revelar los datos de los agentes del Ministerio Público de las diversas subprocuradurías de la Fiscalía vulneraría la integridad del personal
La Corte resolvió que revelar los datos de los agentes del Ministerio Público de las diversas subprocuradurías de la Fiscalía vulneraría la integridad del personalFoto ilustrativa: Especial
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La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó la resolución del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) en la que ordenaba a la Fiscalía General de la República (FGR) revelar los nombres y cargos de su personal, pues consideró que esto pondría en riesgo su vida, seguridad y salud.

La determinación se dio al discutir el proyecto elaborado por el ministro Javier Laynez Potisek, a quien se turnó el expediente de la controversia constitucional promovida por Alejandro Gertz Manero, titular de la FGR, en contra de la resolución del recurso de revisión RRA 9481/19 dictada por el INAI, el 28 de agosto de 2019.

Con una votación de siete a dos, la Corte resolvió que revelar los datos de los agentes del Ministerio Público de las diversas subprocuradurías de la Fiscalía vulneraría la integridad del personal.

La ministra Norma Lucía Piña Hernández y los ministros Alberto Pérez Dayán y Juan Luis González Alcántara Carrancá votaron el contra del proyecto, toda vez que también se pronunciaron por declarar la improcedencia de la controversia constitucional al considerar que la Constitución establece que las resoluciones del INAI son definitivas e inatacables.

"Se abriría la puerta para que todos los sujetos obligados con legitimación para promover la controversia constitucional, en términos del artículo 105 Constitucional, impugnen por esta vía las resoluciones del INAI", advirtió la ministra Norma Lucía.

Por el contrario, la ministra Ana Margarita Ríos Farjat argumentó que "no creo que podamos tener algún órgano autónomo cuyas determinaciones no sean revisables en algunas de sus aristas".

En tanto la ministra Loretta Ortiz expuso que el alto tribunal debe ser sensible ante el contexto nacional de seguridad pública y los altos índices de delincuencia en el país, por lo que consideró que hacer públicos los nombres y cargos podría impactar en la seguridad personal, pues los expondría a amenazas.

"En mi opinión, este hecho sí compromete las investigaciones en las que están involucradas las personas cuya información ha sido revelada", agregó y también recordó que la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) estableció que los estados tienen la obligación de asegurar que los funcionarios estatales cuenten con las garantías de seguridad para llevar a cabo sus funciones en investigación del delito.

Tanto Ortiz Alfh como los ministros Yasmín Esquivel, Jorge Mario Pardo Rebolledo y Arturo Zaldívar coincidieron en que también se debe reservar la información de los trabajadores administrativos, ya que ellos intervienen en los procesos de investigación y combate al delito, lo que a su vez vulnera su seguridad.

"No considerarlo así, implica una postura discriminatoria de los servidores públicos administrativos, como si solamente los agentes del Ministerio Público corrieran riesgos y los demás empleados estén exentos de peligro; no obstante que unos y otros comparten espacios de trabajo para el cumplimiento de las funciones de la Fiscalía General de la República", expuso Esquivel.

KEFS