Derechos laborales

¿Las utilidades son obligatorias? Esto debes saber

Las fechas clave para el pago varían según el tipo de empleador; en La Razón te contamos los detalles

El reparto de utilidades es más que un beneficio: es un derecho legal que fortalece la justicia laboral en México.
El reparto de utilidades es más que un beneficio: es un derecho legal que fortalece la justicia laboral en México. Foto: Freepik

Con la llegada de los meses de mayo y junio, miles de trabajadores en México se preguntan si su empresa o patrón está obligado a repartir utilidades. La respuesta es sí, pero con ciertas condiciones.

El reparto de utilidades es un derecho constitucional establecido en la Ley Federal del Trabajo (LFT), lo que lo convierte en una prestación obligatoria para patrones que cumplan con los requisitos fiscales y operativos establecidos por la ley.

¿Qué es el reparto de utilidades?

Se trata de un beneficio que otorga al trabajador una parte proporcional de las ganancias netas anuales obtenidas por una empresa o persona física como resultado de su actividad económica. El porcentaje actual de reparto fijado por la Comisión Nacional para la Participación de los Trabajadores en las Utilidades de las Empresas es del 10 por ciento.

Para el reparto de utilidades se debe contemplar únicamente el salario diario.
Para el reparto de utilidades se debe contemplar únicamente el salario diario. ı Foto: Cuartoscuro

¿Quiénes están obligados a pagar utilidades?

Cabe señalar que las utilidades son obligatorias y por lo tanto quienes deben cumplir con esta obligación todas las personas morales (empresas) y personas físicas (patrones) que:

  • Hayan generado utilidades netas iguales o superiores a 300 mil pesos en el año fiscal.
  • Tengan más de un año operando.
  • Tengan trabajadores contratados bajo relación laboral formal.

¿Quiénes tienen derecho a recibir utilidades?

Tienen derecho a esta prestación todos los trabajadores:

  • Que hayan laborado al menos 60 días durante el año.
  • Que estén (o hayan estado) bajo una relación laboral subordinada.
  • Incluso si ya no trabajan en la empresa o tuvieron un contrato por obra determinada.

El reparto tiene fechas límite definidas según el tipo de patrón:

  • Para personas morales: el pago debe realizarse a más tardar el 30 de mayo.
  • Para personas físicas: el pago debe efectuarse antes del 29 de junio.

¿Cómo se calcula cuánto le corresponde a cada trabajador?

La utilidad total a repartir se divide en dos partes iguales:

  1. Una se distribuye equitativamente entre los empleados en función de los días laborados durante el año.
  2. La otra se reparte de acuerdo con el salario percibido por cada trabajador.

Solo se considera el salario diario base, sin contar horas extras, bonos o gratificaciones. En casos de salario variable, se calcula un promedio anual.

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