La explosión del semirremolque de la empresa Transportadora Silza ocurrido el miércoles en la alcaldía Iztapalapa y que ya cobró la vida de nueve personas, deja de manifiesto la importancia de la modernización y actualización de las regulaciones para la circulación de vehículos particulares y del autotransporte de carga, la necesidad de contar con una normativa en constante revisión y que tener las reglas mínimas de operación, aseguró Carlos Jiménez, director de Daños y Automóviles de la Asociación Mexicana de Instituciones de Seguros (AMIS).
En entrevista con La Razón, añadió que además de la constante actualización de las regulaciones, es muy importante la corresponsabilidad que se tiene como empresa, como conductor de cualquier vehículo; es decir, se debe contar con un seguro que ayude a hacer frente a este tipo de eventualidades.
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Señaló que al menos en 23 entidades y en las carreteras federales es indispensable “la obligatoriedad de que todo vehículo automotor deba contar con un seguro” conocido como de daños a terceros o el seguro de responsabilidad civil”, aunque destacó que desde la AMIS lo han nombrado como el seguro de protección a víctimas.

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“Todo vehículo es responsable de los daños que pueda generar por la conducción del propio vehículo. Tengo un vehículo, genero un choque, en el choque hay lesionados, es mi obligación legal dar atención a los lesionados. Eso se llama responsabilidad civil. Es la obligación que tenemos de resarcir los daños que generemos por alguna actividad”, agregó.
El directivo añadió que en el caso de los tractocamiones, pipas o autotanques también tienen la responsabilidad de contar con este tipo de seguros, aunque en algunas entidades no existe esa obligatoriedad, y enfatizó que, en unidades económicas que realizan actividades como el traslado, almacenamiento, distribución y expendio de hidrocarburos se deben tener al menos dos pólizas.
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“En este caso tenemos dos situaciones: un vehículo que debe contar con un seguro de responsabilidad civil por los daños que pueda generar y dos, un seguro de responsabilidad civil por la actividad del traslado de un hidrocarburo”, dijo.
En este sentido, recordó que la Agencia de Seguridad, Energía y Ambiente (ASEA), órgano desconcentrado de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) tiene un reglamento que señala que por el hecho de formar parte de esa actividad, que tiene un riesgo específico, se debe contar con un seguro de responsabilidad civil”.
Sin embargo, tras el incendio del miércoles, la ASEA señaló que, como órgano regulador del sector de hidrocarburos llevó a cabo el rastreo de permisos y seguros del semirremolque involucrado; no obstante, la razón social Transportadora Silza, S.A de C.V., que sí cuenta con permisos ante la Comisión Nacional de Energía (CNE), no presentó ninguna solicitud relativa para registrar “pólizas de seguro de responsabilidad civil ni de responsabilidad por daño ambiental” en lo que va de 2025.
El 19 de enero de 1990, la compañía Transportadora Silza obtuvo la autorización No. 22 para el Transporte de Gas L.P., en vehículos-tanques, mediante el oficio No. 0067 por parte de la extinta Comisión Reguladora de Energía (CRE), 16 años después, el 4 de septiembre de 2006, solicitó el “canje de Autorización a Permiso de Transporte de Gas L.P., por medio de Autotanque, Buque-tanque, Carro-tanque y/o Semirremolque” para brindar el servicio de transporte de Gas L.P y con domicilio fiscal en Av. San José 11, Local 5, colonia Lázaro Cárdenas, en Tlanepantla, Estado de México.
Fue hasta el 18 de septiembre de 2006 que la Secretaría de Energía (Sener), a través de la Dirección general de Gas L.P., decidió otorgar el título de permiso con una vigencia de 30 años, luego de que Silza presentó la documentación requerida.
Actualmente, el permiso a 30 años que tiene la firma es el LP/18721/TRA/2016 y se vence el 27 de abril de 2046; en él se especifica que está autorizada para el Transporte de Gas Licuado de Petróleo por medios distintos a ductos, cuenta con una capacidad de 9 millones 637 mil 939 litros; no obstante, la última validación que se hizo del permiso fue el 17 de julio de 2025.
Dentro de los términos y condiciones se especificó que el titular del permiso siempre debe “mantener en condiciones de seguridad auto-tanques, buque-tanques, carro-tanques y/o semirremolques”, prestar sus servicios en línea con las Normas Oficiales Mexicanas vigentes, rendir un informe técnico trimestral sobre siniestros, accidentes o percances ocurridos en ese periodo de tiempo, así como capacitar a su personal para la prestación de servicios y para la prevención y atención de siniestros.
Sin embargo, en el término decimosegundo se estableció que será motivo de revocación si la empresa no mantiene “vigentes los seguros a que se refiere el Reglamento de Gas Licuado de Petróleo”.
Tras el señalamiento de la ASEA, la empresa aseguró que activó tres pólizas vigentes de responsabilidad civil con Chubb Seguros México, Quálitas y una más con Axa Seguros.
La compañía aseguró que en coordinación con las aseguradoras y sus ajustadores “ya se encuentran listos para atender de manera directa las necesidades” de los afectados y sus familias.

