Tras demanda de Estados Unidos

T-MEC: Economía revisa posible conflicto laboral en planta de General Motors

La Secretaría de Economía manifestó que iniciará la revisión del caso y, de llegar a ser cierta la demanda, compartirá por escrito los resultados de la revisión

Tatiana Clouthier, secretaria de Economía
Tatiana Clouthier, secretaria de EconomíaFoto: Especial
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La Secretaría de Economía (SE) informó que recibió formalmente la solicitud de la Oficina del Representante Comercial de Estados Unidos (USTR, por sus siglas en inglés) para realizar una revisión sobre la supuesta denegación de derechos a los trabajadores de la planta de General Motors en Silao, Guanajuato.

A través de un comunicado, explicó que iniciará la revisión del caso y, de llegar a ser cierta la demanda, compartirá por escrito los resultados de la revisión y cualquier propuesta de reparación.

“Es importante señalar que, al margen de esta solicitud realizada por USTR, el día de ayer la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) comunicó que, entre otras medidas, ha resuelto reponer el proceso de legitimación del contrato colectivo de la planta de General Motors en Silao, Guanajuato”, señaló la dependencia.

Katherine Tai, representante Comercial de Estados Unidos, dio a conocer que se utilizó formalmente el Mecanismo de Respuesta Rápida del T-MEC para que México revise si a los trabajadores de la planta de General Motors se les negó el derecho de libre asociación y negociación colectiva.

La solicitud fue presentada con base en el artículo 31-A.4.2 del Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá y se refiere a los eventos ocurridos en abril pasado, en torno al proceso de legitimación del contrato colectivo de trabajo entre dicha planta y el Sindicato Nacional de Trabajadores de la Industria Metal-Mecánica, Sidero-Metalúrgica, Automotriz y Proveedoras de Autopartes en General, de la Energía, sus Derivados y Similares de la República Mexicana, “Miguel Trujillo López”.

Asimismo, la Secretaría de Economía ratificó su compromiso en reparar la afectación a los derechos de democracia sindical y negociación colectiva, y hacer valer los principios establecidos en la Constitución, en la Ley Federal del Trabajo y en los convenios y tratados internacionales que México ha suscrito en materia laboral.