A minutos de que venciera el plazo establecido por Donald Trump, Estados Unidos, Israel e Irán alcanzaron un acuerdo de cese al fuego condicionado a la reapertura del estrecho de Ormuz. Como era previsible, todos los involucrados anunciaron que el acuerdo era una victoria propia y una derrota para la contraparte. En términos fríos, los principales ganadores fueron los mercados que, de inmediato, recibieron un respiro y recuperaron fuerza comercial.
Pero, de no haberse logrado, ¿a qué nos enfrentábamos?
La amenaza de Donald Trump de devolver a Irán a la “Edad de Piedra” describía un cambio de objeto y no solo una simple intensificación bélica. La guerra dejaría de dirigirse sólo contra capacidades militares y empezaría a orientarse contra las condiciones materiales que permiten que un país funcione: electricidad, puentes, corredores logísticos, exportaciones, combustible.

Gotitas y cubetas de chapopote
Este desplazamiento hacia la infraestructura abría un frente jurídico ineludible. En el derecho estadounidense, el margen de acción del Ejecutivo en operaciones militares en el extranjero no es ilimitado. La War Powers Resolution obliga al presidente a notificar al Congreso el despliegue de fuerzas armadas y limita su duración sin autorización legislativa. Más aún, una campaña sostenida contra infraestructura civil —red eléctrica, puentes, instalaciones económicas— difícilmente puede sostenerse como operación puntual de defensa o represalia. En la medida en que se prolonga y se amplía en objetivos, se aproxima a lo que constitucionalmente requeriría autorización expresa del Congreso. En ese sentido, la retórica de la “Edad de Piedra” no era jurídicamente neutra: sugería una escala y un tipo de acción que tensionan los límites internos del uso unilateral de la fuerza.
El problema se agudizaba en el plano internacional. El Derecho Internacional Humanitario establece principios claros: distinción, proporcionalidad y precaución. Atacar infraestructura que sostiene la vida civil —energía, agua, transporte— puede ser lícito solo si constituye un objetivo militar y si el daño incidental a la población no es excesivo en relación con la ventaja militar concreta. Pero una estrategia orientada a colapsar el funcionamiento general de un país se acerca peligrosamente a la lógica de castigo colectivo, prohibida por los Convenios de Ginebra. Más aún, el Consejo de Derechos Humanos de la ONU ha sostenido de forma consistente que los Estados no pueden eludir sus obligaciones en materia de derechos humanos en contextos extraterritoriales cuando ejercen control efectivo mediante la fuerza.
Visto desde Europa, la escalada en la guerra habría cambiado el registro. Allí la guerra no se mide primero en mapas militares, sino en suministro, inflación y vulnerabilidad energética. Cada crisis en Ormuz encarece el precio del petróleo y del gas; además, vuelve más visible el costo de reemplazar fuentes.
¿Cuánto tiempo va a durar el acuerdo? Poco. Irán comenzó a lanzar misiles en contra de Israel apenas 20 minutos después de la declaración de cese al fuego.

