Enfrenta suspensión judicial tras juicio

Hallan anomalías de CFE durante licitación de carbón

Empresas dicen que la comisión descalificó a 43 de 69 participantes con experiencia; dio preferencia a grupo ligado a sanciones y accidente en El Pinabete

Hallan anomalías de CFE 
durante licitación de carbón
Hallan anomalías de CFE durante licitación de carbón Foto: Especial

El Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA), Sala Regional Torreón, ordenó la suspensión judicial del proceso de licitación pública nacional CFE-0001-CAAAT-0068-2025, convocado por la Comisión Federal de Electricidad (CFE) para la adquisición de 10.2 millones de toneladas de carbón mineral térmico destinado a las centrales termoeléctricas José López Portillo y Carbón II, ubicadas en Nava, Coahuila.

La medida cautelar fue concedida tras los juicios de nulidad 2772/25-05-01-3 y 2773/25-05-01-9, promovidos por las empresas Minerales Marsan y Codenor Multiservicios, y obliga a la CFE a abstenerse de formalizar o ejecutar cualquier contrato derivado del concurso hasta que se dicte sentencia definitiva.

  • 7.22 mil mdp habrían recibido 11 empresas del grupo señalado

El concurso, que inició el 4 de septiembre de 2025 de manera electrónica, buscaba distribuir el suministro de carbón en 38 partidas para abastecer las dos plantas termoeléctricas.

Sin embargo, el proceso se vio envuelto en acusaciones de irregularidades por parte de los productores de la región carbonífera de Coahuila, quienes denunciaron públicamente la exclusión arbitraria de decenas de empresas con experiencia comprobada en el sector.

Según el documento presentado por los productores, la CFE publicó el 3 de septiembre el Acta de Resultados Técnicos, en la cual 43 de las 69 empresas participantes fueron descalificadas.

Los afectados señalan que las causas de exclusión son “ambiguas e infundadas, mencionando supuestos semáforos rojos emitidos por Servicios Geológicos Mexicanos, sin precisar los motivos ni permitir aclaraciones”.

Entre las descalificadas figuran productores legítimos que han suministrado carbón de calidad durante años, cumpliendo con todos los requisitos técnicos, legales y ambientales establecidos por la propia CFE.

En contraste, 26 empresas fueron aprobadas en la evaluación técnica. De éstas, 11 son empresas de reciente creación o modificación que cambiaron su objeto social o socios para incluir la extracción de minerales, sin contar con antecedentes ni infraestructura minera real, de acuerdo con la denuncia de los productores.

El documento identifica a estas empresas como “vinculadas directa o indirectamente a un mismo grupo empresarial, encabezado por Régulo Zapata Morales”, personaje conocido en la región por su historial de contratos rescindidos y su relación con el siniestro ocurrido en la mina El Pinabete.

Los productores afirman que “dicho grupo habría manipulado la evaluación técnica del concurso para acaparar la mayoría de las partidas, sumando alrededor de siete mil 232 millones 699 mil 760 pesos”, transformando lo que debía ser un procedimiento abierto y competitivo en una adjudicación directa encubierta.

El esquema representa, según los denunciantes, “no sólo un fraude técnico y administrativo, sino también un atentado contra la economía regional y la confianza pública en las instituciones”.

La suspensión judicial emitida por el TFJA ordena que las cosas se mantengan en el estado en que se encuentran y que la CFE se abstenga de formalizar y ejecutar los contratos derivados del procedimiento impugnado.

La notificación oficial a la CFE se realizó el 15 de octubre de 2025, tanto por correo electrónico como por fedatario público. Según consta en el acta notarial, funcionarios de la comisión se negaron a firmar de recibido, aunque esa negativa no afecta la validez de la notificación, conforme al artículo 69 del Código Federal de Procedimientos Civiles.

El fundamento legal de la suspensión se basa en los artículos 14, 16 y 17 de la Constitución, así como en las disposiciones de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, que facultan al Tribunal para emitir suspensiones a fin de evitar daños irreparables.

Los documentos jurídicos advierten que, de incumplirse la resolución, los actos derivados de la licitación serían nulos de pleno derecho y podrían generar responsabilidad administrativa, penal y patrimonial para los funcionarios que desacaten la medida.

La Ley General de Responsabilidades Administrativas, en su artículo 57, establece sanciones a los servidores públicos que incumplan resoluciones judiciales o desacaten mandatos jurisdiccionales, lo que añade presión sobre la CFE para acatar la orden del Tribunal.

Ante la gravedad de los hechos, los productores de carbón solicitaron la revisión inmediata del proceso de licitación con la intervención de las autoridades competentes, la suspensión temporal de la adjudicación hasta garantizar condiciones de equidad, transparencia y libre competencia, y la investigación del grupo empresarial vinculado a Régulo Zapata Morales por posibles actos de corrupción o manipulación del proceso.

También demandaron el reconocimiento y reincorporación de los productores legítimos que fueron excluidos sin causa justificada.

Ventilan irregularidades
Ventilan irregularidades ı Foto: Especial
Ventilan irregularidades │ Las empresas afectadas presentaron el respectivo recurso legal.
Ventilan irregularidades │ Las empresas afectadas presentaron el respectivo recurso legal. ı Foto: Especial
Ventilan irregularidades │ Las empresas afectadas presentaron el respectivo recurso legal.
Ventilan irregularidades │ Las empresas afectadas presentaron el respectivo recurso legal. ı Foto: Especial