Sanciones electorales

INE impone multas a partidos políticos por 9.6 mdp por afiliaciones indebidas

Morena, PRI, PAN, PVEM y Movimiento Ciudadano fueron sancionados tras detectarse registros partidistas sin autorización ciudadana

Sesión del Consejo General del INE, el pasado 31 de agosto.
Sesión del Consejo General del INE, el pasado 31 de agosto. Foto: Cuartoscuro

El Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) aprobó sancionar a cinco partidos políticos con multas que suman 9.9 millones de pesos, principalmente al PRI y Morena, por casos de indebida afiliación y desafiliación de ciudadanos.

La acción salió a la luz cuando decenas de personas fueron rechazadas como funcionarias de casilla al descubrir registros partidistas que nunca solicitaron.

Durante su sesión ordinaria, el Consejo General del INE aprobó 54 proyectos de resolución en procedimientos sancionadores que evidenciaron irregularidades en el padrón de militantes de organizaciones políticas como Morena, PAN, PRI y Movimiento Ciudadano.

El consejero Arturo Castillo, presidente de la Comisión de Quejas y Denuncias del órgano electoral, detalló que de las sanciones aprobadas, 40 corresponden a casos de indebida afiliación o desafiliación, en donde se involucra a 73 personas, 14 por incumplimiento en tiempos oficiales y una por no retirar propaganda electoral en la vía pública.

El Consejo General determinó, por mayoría de votos, que los partidos involucrados se hicieron acreedores a multas, al no aportar los elementos para comprobar que las afiliaciones o desafiliaciones se hayan hecho con el consentimiento de la ciudadanía.

Debido a ello, determinó sancionar al Partido Acción Nacional (PAN) con 61 mil 773 pesos; al Partido Revolucionario Institucional (PRI) 2 millones 739 mil 003 pesos; Partido Verde Ecologista de México (PVEM) 856 mil 780 pesos; Movimiento Ciudadano 184 mil 682 pesos y Morena 5 millones 851 mil 334 pesos, lo que da un total de 9 millones 693 mil 574 pesos.

La Comisión de Quejas consideró actualizada la figura de caducidad de la potestad sancionadora en ocho expedientes, que establece que en el procedimiento ordinario sancionador la caducidad opera al término de dos años contados a partir de que se tenga conocimiento de la denuncia.

Durante la sesión, la consejera Rita Bell López manifestó su oposición al proyecto, argumentando que el INE carece de competencia para resolver controversias sobre la relación jurídico-partidista entre afiliados y partidos políticos.

“Se trata de una materia de naturaleza restitutoria, no sancionadora, vinculada a la vida interna de los partidos políticos”, señaló López Vences.

Por su parte, la consejera Claudia Zavala Pérez defendió la propuesta, argumentando que el precedente de la Sala Superior respalda la competencia del INE en estos casos y que “el tema de la militancia de los partidos políticos” debe abordarse desde el derecho de afiliación libre e individual.

Únete a nuestro canal de WhatsApp. En La Razón enviamos a tu celular lo más importante de México y el Mundo, recuerda que una persona informada siempre tiene La Razón.

MSL

Temas: