Se aprobó por unanimidad

SCJN avala videograbar entrevistas a menores en juicios familiares para protegerlos de revictimización

SCJN confirmó la validez constitucional de videograbar entrevistas a niñas, niños y adolescentes durante procesos judiciales, al determinar que esta medida, realizada bajo estrictas salvaguardias de confidencialidad, no viola sus derechos a la intimidad ni al debido proceso, sino que busca evitar su revictimización

El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación
El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación Foto: Cuartoscuro

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) confirmó por unanimidad la validez constitucional de videograbar entrevistas a niñas, niños y adolescentes durante procesos judiciales, al determinar que esta medida, realizada bajo estrictas salvaguardias de confidencialidad, no viola sus derechos a la intimidad ni al debido proceso, sino que busca evitar su revictimización.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió el amparo en revisión 397/2024, en el que un padre impugnó la orden de una autoridad jurisdiccional de videograbar las entrevistas practicadas a dos menores en el marco de un juicio familiar.

El padre argumentó que esta medida vulneraba la intimidad, la inviolabilidad del cuerpo y mente, así como el debido proceso de los infantes.

La ministra ponente, Loretta Ortiz explicó que “la videograbación realizada bajo estrictas salvaguardias de confidencialidad no constituye una injerencia desproporcionada” y destacó que “la medida busca fines legítimos, es idónea para evitar la repetición de entrevistas innecesaria para documentar los elementos esenciales del proceso psicológico infantil”.

El proyecto señala que los agravios presentados por el quejoso resultaron infundados, “pues no demuestran que exista un medio menos intrusivo con igual eficacia protectora ni que el acto reclamado haya sido arbitrario o carente de motivación”.

La resolución de la SCJN estableció un estándar constitucional mínimo que deberá observarse cuando se ordenen videograbaciones en entrevistas con personas infantes y adolescentes, “a fin de armonizar la prueba con su interés superior, el derecho a la intimidad y el debido proceso”.

Durante la sesión del Pleno, varios ministros presentaron consideraciones adicionales para clarificar el alcance del protocolo de actuación para quienes imparten justicia en casos que involucren infancia y adolescencia, particularmente en “su sentido orientador y no vinculante”, según explicó la ministra Ortiz Ahlf.

La votación resultó unánime a favor de confirmar la sentencia, con lo que “la justicia de la Unión no ampara ni protege a la parte quejosa en contra de los actos y autoridades señaladas como responsables”.

El ministro Irving Espinosa reservó voto concurrente, mientras que las ministras María Estela Ríos y Lenia Batres se apartaron de la metodología utilizada en el análisis.

Esta resolución sienta un precedente importante para garantizar que la obtención de pruebas en juicios que involucran menores se realice con las menores afectaciones posibles, evitando que niñas, niños y adolescentes deban someterse a múltiples entrevistas que puedan generar revictimización durante los procesos judiciales.

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FGR