El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió que la Unidad de Medida y Actualización (UMA) debe prevalecer como único criterio para calcular las indemnizaciones civiles por muerte de una persona, en una decisión que recorta a más de la mitad el monto máximo de esas reparaciones: de aproximadamente 1.5 millones de pesos —que se podían alcanzar con el salario mínimo como base de cálculo— a un techo de 585 mil pesos.
Por seis votos contra tres, los ministros aprobaron el proyecto de la ministra Lenia Batres, que llevaba meses pendiente de resolución. La mayoría determinó que la reforma constitucional de desindexación del salario mínimo, vigente desde hace años, obliga a que sea la UMA y no el salario mínimo el referente para cuantificar este tipo de reparaciones del daño.
A favor del proyecto votaron el ministro presidente Hugo Aguilar Ortiz y las ministras Lenia Batres, Sara Irene Herrerías, María Estela Ríos, así como los ministros Giovanni Figueroa y Arístides Guerrero.

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En contra se pronunciaron Loretta Ortiz, Yasmín Esquivel e Irving Espinosa, quienes rechazaron que existiera contradicción de criterios y, por lo tanto, que los jueces pudieran continuar fijando el salario mínimo como método de cálculo.
Durante la sesión, tanto la ministra Loretta Ortiz como Lenia Batres confirmaron haber sido contactadas por aseguradoras y por el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) antes de la votación.
Ortiz denunció que fueron las propias aseguradoras —“quienes pagan las indemnizaciones”— las que le solicitaron el pago en UMAs, y calificó esa postura como un retroceso en materia de derechos. Señaló además que la aplicación de la UMA a indemnizaciones por muerte excede la intención original del legislador, toda vez que esa unidad fue diseñada constitucionalmente para cuantificar multas, sanciones y penalizaciones, no reparaciones del daño.
Durante la discusión pidió reflexionar sobre el efecto regresivo en derechos humanos que tendría adoptar ese criterio.
Batres, por su parte, reconoció haber recibido correos de aseguradoras, con quienes aclaró no haber sostenido conversaciones, y confirmó que sí dialogó con el IMSS, institución que le advirtió del “altísimo” impacto financiero que le representaría mantener el salario mínimo como base de cálculo.
La ministra sostuvo que las extintas Primera y Segunda Sala “debieron ceñirse al contenido de la Constitución” y evitó pronunciarse sobre si la resolución resultaba “más conveniente o no a un ente privado o público”.
El ministro presidente Aguilar Ortiz intentó acotar el alcance inmediato del fallo al proponer que la fijación del criterio se reservara para casos concretos, sin embargo votó a favor del proyecto.
La diferencia entre ambos métodos de cálculo es sustancial. Bajo el criterio del salario mínimo —actualmente de 315.04 pesos diarios multiplicado por 5 mil días—, una indemnización por muerte podría ascender a 1 millón 575 mil 200 pesos. Con la UMA como referente, ese monto se reduce a 586 mil 550 pesos.
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MSL

