El Congreso de la Unión declaró la validez constitucional de la reforma electoral conocida como Plan B, luego de que más de la mitad de los congresos estatales avalaran los cambios a la Carta Magna, con lo que el decreto fue remitido al Ejecutivo federal para su publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF).
En sesiones por separado, tanto el Senado de la República como la Cámara de Diputados dieron a conocer el cumplimiento del requisito establecido en el artículo 135 constitucional, al contabilizarse al menos 19 votos aprobatorios de legislaturas estatales, al superar el mínimo de 17 congresos para validarla.
- El Dato: El 17 de marzo, la Presidenta envió al Senado la iniciativa con proyecto de decreto para modificar los artículos 115, 116 y 134 y se proponen 9 disposiciones transitorias.
Durante la sesión en la Cámara alta, la presidenta del Senado, Laura Itzel Castillo, emitió la declaratoria correspondiente y subrayó que “el día de hoy, esta Cámara de senadoras y senadores ha realizado la declaratoria de validez constitucional de la reforma en materia electoral”, impulsada por la Presidenta.

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La legisladora destacó que “se trata de un acto de gran relevancia institucional que acredita la conclusión de un procedimiento previsto en nuestra Constitución”, en el que participaron ambas cámaras del Congreso y la mayoría de las legislaturas estatales del país.
Añadió que la reforma “representa la expresión del pacto federal y de la voluntad soberana del pueblo de México de seguir perfeccionando su vida democrática”, al tiempo que tiene como objetivo “acabar con los privilegios y hacer más eficientes nuestras instituciones en beneficio de las mayorías”.
En la Cámara baja, la presidenta de la mesa directiva, Kenia López, leyó la declaratoria: “El Congreso de la Unión, en uso de la facultad que le confiere el artículo 135 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, declara reformados los artículos 115 fracción primera párrafo primero y 116 fracción segunda, párrafo segundo, y adicionado el artículo 134 con un párrafo cuarto”.
La reforma modifica tres ejes del sistema electoral y administrativo del país. En materia municipal, establece un máximo de 15 regidores por ayuntamiento, además de un síndico; en el ámbito local, fija un tope de 0.70 por ciento del gasto total para los presupuestos de los congresos estatales; y, en lo relativo a los órganos electorales, introduce restricciones a prestaciones del personal y nuevas reglas para regular las percepciones de funcionarios del Instituto Nacional Electoral y tribunales electorales locales.
Castillo Juárez sostuvo que el decreto también “fortalece la legitimidad de una institución central para el desarrollo de las elecciones en nuestro país, como lo es el Instituto Nacional Electoral (INE)”, al tiempo que impulsa medidas de austeridad y racionalidad en el gasto público.
Indicó que los recursos derivados de los ahorros podrán destinarse “a obras públicas, programas sociales y al respaldo de las familias mexicanas, particularmente de quienes más lo necesitan”.
Con la declaratoria de constitucionalidad emitida por ambas cámaras, el decreto que reforma los artículos 115 y 116, y adiciona un párrafo al artículo 134, será turnado al Ejecutivo para su publicación en el DOF y entrada en vigor, con lo que se formaliza la culminación del proceso legislativo de la reforma electoral.

