La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) rechazó que las ponencias de las ministras y ministros estén integradas por un elevado número de “asesores” y afirmó que esos equipos están conformados por personal especializado con funciones jurisdiccionales, técnicas y administrativas indispensables para la elaboración de los proyectos de resolución del máximo tribunal.
Ante diversos cuestionamientos respecto al número de personas que colaboran en esos equipos de trabajo, el máximo tribunal difundió un posicionamiento para explicar cómo se conforman estas áreas y cuáles son las funciones que desempeña su personal.
Sostuvo que sus áreas de trabajo están integradas por personal especializado con funciones jurisdiccionales, técnicas y administrativas claramente definidas, indispensables para la elaboración de las resoluciones que emite el pleno.

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En un pronunciamiento, la Corte explicó que cada ministra y ministro cuenta con una ponencia integrada por servidores públicos de distintos niveles jerárquicos, entre ellos secretarios de estudio y cuenta, coordinadores de ponencia, secretarios auxiliares, auxiliares de acuerdos y personal operativo, una estructura que, afirmó, ha sido una constante en el funcionamiento institucional del Alto Tribunal.
La Suprema Corte desarrolla sus funciones con el respaldo de una estructura judicial especializada y profesional
Como parte del contexto, la SCJN precisó que el 65.4 por ciento del personal de cada ponencia corresponde a especialistas con funciones técnicas y jurisdiccionales, mientras que el 34.6 por ciento restante realiza labores de apoyo administrativo, operativo y de soporte para el funcionamiento de los equipos.
El tribunal detalló que el personal de las ponencias no se limita a brindar asesoría, sino que participa directamente en el trabajo jurisdiccional mediante el análisis de expedientes, la elaboración de proyectos de sentencia, el estudio de asuntos preparados por otras ponencias, la emisión de opiniones e informes jurídicos, así como investigaciones sobre temas complejos.
Además, indicó, estos funcionarios reciben en audiencia a las partes involucradas en los distintos asuntos que conoce la Corte.
Asimismo, enfatizó que cada ponencia opera con un presupuesto previamente autorizado y que corresponde a cada ministra o ministro distribuir las plazas disponibles conforme a las necesidades de su equipo y al catálogo de puestos vigente.
La Corte también aclaró que la ponencia del ministro presidente Hugo Aguilar, tiene una integración distinta, ya que es 40 por ciento menor que las demás. Explicó que ello obedece a que, conforme al Acuerdo General Número 1/2025 (12a.), esa oficina no elabora proyectos de resolución en acciones de inconstitucionalidad ni en controversias constitucionales.
El máximo tribunal sostuvo que es incorrecto generalizar y denominar “asesores” a todo el personal que integra las ponencias.
“Es inexacto referirse a todo el personal de las ponencias como ‘asesores’, ya que estas se integran por personas servidoras públicas que desempeñan diversos cargos, con funciones, responsabilidades y perfiles especializados, cuya labor resulta indispensable para el adecuado desarrollo de la función jurisdiccional de la Suprema Corte”, concluyó.
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