Seis votos contra uno

Eliseo Fernández no incurrió en violencia política contra Layda Sansores: TEPJF

El Tribunal Electoral del Estado de Campeche ordenó que Eliseo Fernández fijara una disculpa pública en sus redes sociales; TEPJF resuelve que no incurrió en violencia política

Los magistrados determinaron que no era procedente la sanción debido a que los señalamientos del excandidato no tenían por objeto menoscabar o anular el reconocimiento, goce y ejercicio de los derechos político-electorales de Layda Sansores.
Los magistrados determinaron que no era procedente la sanción debido a que los señalamientos del excandidato no tenían por objeto menoscabar o anular el reconocimiento, goce y ejercicio de los derechos político-electorales de Layda Sansores.Especial
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El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó que Eliseo Fernández Montúfar, de Movimiento Ciudadano, no incurrió en hechos de violencia política de género en contra de Layda Sansores, de Morena, durante las campañas por la gubernatura de Campeche.

En sesión pública de la Sala Superior, se determinó por mayoría de seis votos contra uno, que no era procedente la sentencia establecida en contra del entonces candidato emecista al gobierno del estado, como lo determinó el Tribunal Electoral del Estado de Campeche, el cual ordenó que Fernández Montúfar fijara una disculpa pública en sus redes sociales.

La mayoría de los magistrados electorales determinaron que no era procedente la sanción debido a que los señalamientos del excandidato de Movimiento Ciudadano constituían críticas hacia la abanderada de Juntos Haremos Historia que no tenían por objeto o resultado menoscabar o anular el reconocimiento, goce y ejercicio de los derechos político-electorales de Layda Sansores.

Los integrantes del TEPJF consideraron que el Tribunal estatal debió tomar en cuenta el contexto, en concreto de las publicaciones en Facebook, ya que estaba en curso el proceso electoral y el debate de campaña era tenso entre todos los contendientes.

“El tema de las edades sí fue introducido, pero como una cuestión de debate, pero por esa razón no fue con la intención de generar estereotipos o discriminar a nadie, sino con la intención de expresar lo que cada candidato consideraba sobre este tema, es decir, si la edad de uno de ellos generaba inexperiencia o si la edad y el cansancio para gobernar una entidad”, mencionó como ejemplo el magistrado Indalfer Infante Gonzales, ponente del proyecto de resolución.

Por ello, el Tribunal Electoral dejó sin efectos lo relativo a la sanción y medidas de no repetición impuestas a Eliseo Fernández Montúfar.

Durante la sesión pública, la Sala Superior también revocó por unanimidad la sentencia de la Sala Regional Toluca, que anuló la elección de la diputación por el 19 distrito electoral con cabecera en Tacámbaro, Michoacán, y confirmó los resultados del acta de cómputo distrital, la declaración de validez de la elección y el otorgamiento de la constancia de mayoría de la fórmula postulada por la candidatura común del PAN, PRI y PRD.

ANR