Senado dice que se vulnera el orden jurídico nacional

Impugna Senado fallo del INE que obliga a partidos a ir con mujeres en al menos 7 gubernaturas

Presidente del órgano legislativo, Eduardo Ramírez, firmó la apelación; INE se atribuyó facultad legislativa, reclama

El jueves, legisladores de Morena, PAN, PRI, PRD y MC demandaron al INE que no se excediera en sus funciones al pretender legislar en torno a la forma en que se elegirán las candidaturas de los estados.
El jueves, legisladores de Morena, PAN, PRI, PRD y MC demandaron al INE que no se excediera en sus funciones al pretender legislar en torno a la forma en que se elegirán las candidaturas de los estados.Foto: Especial
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El Senado de la República interpuso un recurso de apelación en contra del Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) por el acuerdo que obliga a la postulación de siete mujeres a 15 gubernaturas en el 2021, por considerar que vulnera el orden jurídico nacional.

“Hay un incorrecto entendimiento de la paridad transversal o la paridad de todo mandatado por la Constitución al vulnerarse el orden jurídico nacional”, resalta el documento presentado por el presidente de la Mesa Directiva de la Cámara alta, Óscar Eduardo Ramírez Aguilar.

El documento subraya que el Senado de la República tiene la función constitucional esencial de vigilar y defender las autonomías de las entidades federativas, “de ahí que deba considerarse su legitimación para contravertir el acuerdo del INE sobre las reglas para el cumplimiento del principio de paridad de género en las elecciones a 15 gubernaturas”.

“En caso de desechar el presente recurso por falta de legitimación del Senado, se estaría dejando fuera un ejercicio de control del acuerdo reclamado que puede ser contrario a la supremacía constitucional, al violar diversos principios y normas constitucionales”, indica el texto de 95 páginas cuya copia tiene La Razón y que fue recibido por la oficialía de partes del INE este martes a las 20:07 horas.

A nombre del Senado, Ramírez Aguilar subraya que el INE carece de competencia constitucional para emitir normas generales en materia de paridad aplicables a las gubernaturas locales, y “ello, pues como queda evidenciado, a cada legislatura local le corresponde establecer las reglas que se deben seguir al realizar la elección correspondiente”.

Se comparte el que se logre la paridad, pero no que el INE sea la autoridad competente para regular este tema en los procesos electorales

Eduardo Ramírez Aguilar, Presidente de la Mesa Directiva

“Hoy el INE, con la emisión de lineamientos como los que ha dictado, autogenera una atribución de legislador constitucional de la paridad, que escapa a todas luces de las potestades que incluso tienen los estados y que de ejercerse por la federación ameritaría, como se explicó en el segundo agravio, una adición a la Reforma misma de paridad a nivel constitucional”, resalta el legislador de Morena.

El viernes 6 de noviembre, el Consejo General del INE aprobó los lineamientos que ordenan a los partidos políticos postular sólo candidatas mujeres en 7 de las 15 gubernaturas que estarán en juego en la elección del próximo año.

En el documento se pide también a la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) que estudie y resuelva el fondo de la impugnación, pues lo que se recurre es esa falta de competencia y facultades del INE “para emitir las medidas de paridad de género en la postulación de las candidaturas a las gubernaturas para el próximo proceso electoral 2020-2021 y, en caso de desecharlo, se estaría dejando fuera un ejercicio de control del acuerdo reclamado que puede ser contrario a la supremacía constitucional.

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“El Senado de la República, a través de su presidente y representante, tiene legitimidad para promover el presente recurso de apelación, porque se acude en defensa de su esfera competencial como parte del poder revisor de la Constitución. El acto que se controvierte es el acuerdo del INE que regula el referido tema de arrogarse atribuciones de interpretación sobre un ámbito susceptible de ser normado que no ha sido definido por el citado poder revisor de la constitución”, señala el recurso en manos de La Razón.

El documento agrega que en la Cámara alta están de acuerdo en la implementación de acciones que hagan eficaz la paridad de género; sin embargo, “esto no puede realizarse vulnerando lo previsto en la propia Constitución y leyes aplicables”.

Además de la competencia del Legislativo, el texto sostiene que también se vulnera la soberanía de los estados de la república, ya que el INE emitió reglas que contravienen las facultades exclusivas de las legislaturas estatales.

“Se comparte el que se logre la paridad, pero no que el INE sea la autoridad competente para regular este tema en los procesos electorales en donde se renovarán las legislaturas de 15 entidades federativas”, apunta.

El recurso apunta que la lista de actores que “prevé el artículo 45 de la Ley de Medios, debe interpretarse en un sentido amplio, en armonía con el federalismo electoral, así como el esquema de facultades que cada uno de los poderes y órganos del Estado mexicano tienen asignadas en la Constitución federal”.