La Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transporte (SICT) reiteró este miércoles que Uber no tiene autorización para operar en inmediaciones del Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México (AICM), y otras terminales aéreas mexicanas, luego de que la empresa aseguró que no es una plataforma “irregular”.
Lo anterior, después de que Uber recordó la suspensión definitiva concedida por la jueza Blanca Lilia Ochoa Hernández, del Juzgado Decimotercero de Distrito en Materia Administrativa, que prohíbe a la Guardia Nacional “la detención arbitraria y discriminatoria de vehículos”.
“Con esto, los conductores de Uber deberían poder ejercer sus derechos al libre tránsito y al empleo utilizando la plataforma de Uber sin ser objeto de multas y confiscaciones de su medio de trabajo”, señaló la plataforma de movilidad este 11 de marzo.

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Sin embargo, la SICT señaló que la resolución judicial no implica “dejar de observar las disposiciones legales que rigen al autotransporte”, por lo que los conductores de Uber continúan sin autorización para operar en aeropuertos.
“Uber no cuenta con autorización para prestar servicios dentro del polígono del Aeropuerto de la Ciudad de México y demás aeropuertos; tampoco limita a la autoridad a levantar infracciones, siempre y cuando se realice conforme a la normatividad establecida”, reiteró la dependencia federal, debido a que no es la primera vez que realiza esta aclaración.
El 29 de octubre de 2025, la SICT ya había enfatizado que la suspensión judicial no es una autorización para que Uber preste servicios en terminales aeroportuarias, por lo que instó a usuarios a utilizar únicamente taxis autorizados.
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