En México viven 43.8 millones de perros como animales de compañía, pero el país carece de una cuenta pública actualizada que muestre cuántos casos de maltrato llegan ante una fiscalía y qué proporción termina con un responsable castigado. La ausencia de un registro nacional impide medir el alcance de la violencia contra los animales y la capacidad de las autoridades para sancionarla.
Los datos del último balance disponible abarcan de 2019 a 2021. Durante ese periodo, las fiscalías estatales abrieron tres mil 339 carpetas de investigación, sólo 168 personas quedaron vinculadas a proceso y los tribunales dictaron 24 sentencias. El resultado equivale a siete fallos por cada mil expedientes iniciados.
A propósito del Día Mundial del Perro, que se conmemora cada 21 de julio, la distancia entre ambas cifras expone un vacío que va más allá de la falta de datos recientes. México conoce el tamaño de la población canina que habita en los hogares, aunque no puede seguir con la misma precisión el recorrido de una agresión o maltrato desde el primer reporte hasta la resolución judicial.

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De acuerdo con el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI), siete de cada 10 viviendas tenían alguna mascota en 2021. El universo alcanzaba casi 80 millones de animales de compañía. Los canes representaban el grupo más numeroso, por encima de 16.2 millones de gatos y otros 20 millones de ejemplares pequeños.

Para conocer la respuesta de las autoridades, AnimaNaturalis solicitó información a instituciones de las 32 entidades. El ejercicio permitió reunir expedientes, vinculaciones y fallos, pero también reveló que cada dependencia clasifica los hechos bajo criterios distintos. Algunas fiscalías reportaron denuncias, otras entregaron carpetas y varias sólo informaron sobre asuntos que llegaron ante un juez.
Sin una metodología común, las cifras no describen la misma etapa. Una llamada de auxilio puede quedar en manos municipales, una queja puede pasar a una procuraduría ambiental y un caso con lesiones puede derivar en una investigación penal. Cada ruta produce registros diferentes y no siempre permite saber qué ocurrió después con los perros involucrados en el maltrato.
Conseguir una condena también exige acreditar el daño, obtener valoraciones veterinarias, identificar al agresor y demostrar su responsabilidad. Si alguno de estos elementos falta, el expediente puede permanecer abierto, concluir por una salida alterna o cerrarse sin que el tribunal imponga una pena.

México elevó la protección animal al rango constitucional en diciembre de 2024. La reforma al artículo cuarto prohibió expresamente el maltrato y ordenó al Estado garantizar cuidado, conservación y trato adecuado. El cambio también facultó al Congreso para distribuir responsabilidades entre la Federación, los estados y los municipios.
Hasta ahora, ese mandato no se traduce en una ley general vigente que unifique obligaciones, criterios mínimos y mecanismos de coordinación. El Senado recibió en julio de 2026 un proyecto que plantea reglas nacionales, reconoce a los animales como seres sintientes y propone medidas contra la crueldad, el abandono y otras formas de violencia.
Resta que la propuesta avance por el proceso legislativo. Mientras tanto, cada entidad conserva sus propias definiciones, sanciones y procedimientos. Una conducta puede constituir delito en un estado, recibir tratamiento administrativo en otro o quedar sujeta a requisitos probatorios diferentes.

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