Autonomía judicial
Senadores de oposición presentan acción de inconstitucionalidad contra “Ley Zaldívar”
La acción de inconstitucionalidad señala que la prórroga del ministro Arturo Zaldívar atenta contra las reglas de duración en estos cargos
Senadores del PAN, PRI, Movimiento Ciudadano y PRD presentaron una acción de inconstitucionalidad en contra de la denominada “Ley Zaldívar”.
Los legisladores impugnaron el artículo décimo tercero transitorio del decreto por el que se emitieron las leyes reglamentarias y reformas a normas secundarias que materializaron la reciente reforma constitucional al Poder Judicial de la Federación.
El artículo impugnado ordena prorrogar por dos años la duración en el ejercicio del cargo del actual presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), y de los consejeros del Consejo de la Judicatura Federal.
Hoy presentamos una acción de inconstitucionalidad en contra de prolongar el mandato del presidente de la SCJN.
— Senadores del PAN (@SenadoresdelPAN) June 16, 2021
Los ojos de los mexicanos están en la votación de los ministros y la pelota está en su cancha.
Es momento de defender la constitución y servir a México.
La acción de inconstitucionalidad señala que la prórroga de Arturo Zaldívar “atenta directamente contra las reglas de la duración en estos cargos establecidas en los artículos 97 y 100 de la Constitución”.
“Prorrogar la duración en el ejercicio del cargo de los servidores públicos mencionados, atenta directamente en contra del principio de división de poderes sobre el que se encuentra construido nuestro sistema constitucional”, puntualiza.
Los senadores de oposición insistieron en que “exceder la duración establecida por la Constitución respecto al ejercicio de estos cargos, impacta a la independencia y autonomía judicial”.
Señalaron que el artículo décimo tercero transitorio fue resultado de un proceso legislativo que vulneró el derecho de participación de las minorías parlamentarias.
“La minoría parlamentaria del Senado de la República promovente, solicita que la acción de inconstitucionalidad presentada sea resuelta de manera preferente, o bien, en la misma sesión, de la que, en su caso, resuelva la consulta que derive de la Solicitud de ejercicio de la facultad prevista en el artículo 11, fracción XVII, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación 1/2021”, indica.
LRL
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