La Comisión Federal de Electricidad (CFE) anunció que limitará las pensiones del personal jubilado de confianza de las Empresas Públicas del Estado que excedan la remuneración mensual de la persona titular del Ejecutivo Federal.
La medida cumple con el criterio interpretativo establecido por la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal (CJEF) en relación con la fracción IV del artículo 127 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Esta disposición, según la CFE, se ejecutará a partir de la segunda catorcena de junio de 2026, mientras que los pagos diferenciales de los periodos ajustados ocurrirán en julio de 2026.

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Ajustarán montos que superen el sueldo del Ejecutivo Federal
La empresa productora del Estado detalló que el importe equivalente al salario de la persona titular del Ejecutivo Federal funcionará como el techo financiero para los excolaboradores de confianza de las Empresas Públicas del Estado.
“La Consejería Jurídica ha establecido criterio interpretativo que permite considerar el importe equivalente a la remuneración mensual de la persona titular del Ejecutivo Federal, como límite a las pensiones del personal jubilado de confianza de las Empresas Públicas del Estado", indicó la CFE en un comunicado.
La empresa estatal aclaró el mecanismo de transición para los jubilados de CFE. Aquellas pensiones de CFE que superen el límite fijado por la normatividad constitucional experimentarán una modificación a la baja para emparejarse con el ingreso del Ejecutivo.
Por el contrario, los pagos que se ubiquen por debajo de la remuneración mensual presidencial no sufrirán alteraciones y mantendrán el monto que percibían antes de la reforma al artículo 127.
¿Cuándo aplica la reducción anunciada por la CFE?
La CFE programó la aplicación operativa de las modificaciones para la segunda catorcena de junio de 2026. Los ajustes administrativos derivados del ordenamiento de la CJEF afectarán los depósitos de los extrabajadores desde esa fecha.
Respecto a los periodos previos en los que ocurrió el ajuste a las pensiones de CFE bajo los términos de la fracción IV del artículo 127 de la Constitución, el organismo liquidará los saldos correspondientes a la brevedad. El pago diferencial de dichos lapsos se dispersará de forma íntegra a lo largo del mes de julio de 2026.
La disposición institucional reitera que el ajuste se focaliza exclusivamente en el personal jubilado de confianza. Los montos previos a la reforma constitucional quedarán intactos para quienes no rebasen la remuneración fijada.
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