Uno de los momentos más comentados del último Super Bowl no ocurrió dentro del campo, sino en redes sociales. Circuló una imagen en la que algunos creyeron reconocer a Liam Conejo, el niño de cinco años detenido en Minneapolis por U.S. Immigration and Customs Enforcement (ICE) en enero pasado.
Más allá de si la imagen era auténtica o no, el episodio confirma que el caso se convirtió en símbolo de algo más profundo: la tensión entre política migratoria y límites constitucionales.
Liam y su padre, Adrián Conejo, solicitantes de asilo, fueron detenidos y trasladados a un centro de detención en Texas. Frente a esa decisión promovieron una petición de habeas corpus —una figura equiparable al amparo en nuestra tradición jurídica— alegando la ilegalidad de su reclusión. El juez federal Fred Biery resolvió en su favor y ordenó su liberación.

Responde Monreal: paciencia
La sentencia, de apenas 500 palabras, merece una lectura cuidadosa por su densidad histórica y constitucional. Inicia con una referencia a la Carta Magna de 1215 como antecedente del debido proceso. No es un recurso retórico menor: el juez recuerda el antiguo precedente señalando que la privación de la libertad exige causa probable y control judicial independiente, incluso en materia migratoria.
Biery sostiene que el caso tiene su génesis en un “mal concebido e incompetentemente ejecutado” plan para establecer cuotas diarias de deportación, aun si ello implica traumatizar a niños. Las cortes, subraya, ordenan deportaciones regularmente, pero lo hacen tras un procedimiento legal. No es la política migratoria lo que está en juicio, sino el respeto a sus propias reglas.
El fallo va más lejos. Afirma que órdenes administrativas emitidas por el Ejecutivo “para sí mismo” no superan el estándar de causa probable. “A eso se le llama el zorro cuidando el gallinero”, escribe, para enfatizar que la Constitución exige un sistema judicial independiente al Ejecutivo. La crítica institucional es directa: sin contrapesos reales, el poder se convierte en arbitrariedad.
El juez incluso advierte sobre el riesgo humano detrás de la lógica burocrática: la búsqueda desenfrenada de poder y la imposición de la crueldad no conocen límites cuando se debilita el Estado de derecho. La referencia es clara: en una democracia constitucional, la legitimidad del Estado descansa en su sujeción a normas, no en la intensidad de su política.
La sentencia reconoce que, conforme al complejo sistema migratorio estadounidense, los peticionarios podrían eventualmente regresar a su país de origen. Pero ese resultado, si ocurre, debe producirse mediante un proceso ordenado y humano.
El cierre es elocuente. El juez recurre a la célebre frase atribuida a Benjamin Franklin quien, al salir de la Convención Constitucional de 1787 en Filadelfia, respondió ante la pregunta sobre qué sistema habían creado: “Una república, si pueden mantenerla”. Y añade como remate: “Con un dedo judicial en el dique constitucional”. La metáfora es poderosa. Alude a la función contramayoritaria del poder judicial y a su papel como dique frente a eventuales excesos del Ejecutivo, una preocupación presente desde el origen mismo de la república estadounidense.
El mensaje trasciende el caso concreto. El poder judicial vuelve a recordar que la Constitución no es un obstáculo administrativo, sino el marco que hace posible la república. Ojalá que quienes en México ejercen la función de control constitucional —y a veces se refugian en lecturas excesivamente formalistas para eludir decisiones sustantivas— encuentren en sentencias como ésta un recordatorio de que la judicatura no sólo aplica normas: también preserva equilibrios y protege libertades.

