Toma nota

Calendario de pagos de pensión IMSS e ISSSTE agosto 2026

Consulta las fechas de pago de las pensiones del IMSS e ISSSTE; así puedes calcular el monto

Pensión IMSS e ISSSTE
Pensión IMSS e ISSSTE Foto: Especial La Razón

El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) brindan pensiones mensuales a las y los trabajadores que ya no están laborando en sus instituciones.

Los pagos de las pensiones del IMSS e ISSSTE se encuentran candelarizados desde inicios de año, pues estos tienen la finalidad de que quienes las reciben puedan organizarse economicamente con antelación.

Las y los trabajadores solicitaron sus pensiones del IMSS y el ISSSTE por cesantía, vejez, invalidez, riesgo de trabajo o por asignaciones familiares; y los montos de cada uno se determinan individualmente conforme a la resolución que obtuvieron al realizar su trámite correspondiente.

Pagos de la pensión IMSS e ISSSTE de agosto 2026

Quienes sean pensionados del IMSS reciben su pago el lunes 3 de agosto, mientras quienes reciben la pensión del ISSSTE pueden cobrar el jueves 30 de julio el pago que corresponde a agosto.

Las fechas de pago de la pensión del IMSS que restan del 2026 son las siguientes:

  • Lunes 3 de agosto
  • Martes 1 de septiemre
  • Jueves 1 de octubre
  • Lunes 2 de noviembre
  • Martes 1 de diciembre

Las fechas de pago de la pensión del ISSSTE que restan del 2026 son las siguientes:

  • 30 de julio para el mes de agosto
  • 29 de agosto para el mes de septiembre
  • 29 de octubre para el mes de noviembre
  • Primera parte del aguinaldo en la primera quincena de noviembre
  • Segunda parte del aguinaldo el 27 de noviembre

El Afore PENSIONISSSTE cuenta con una calculadora integral con la que se pueden conocer la pensión que se podrá recibir cuando las personas decidan retirarse, así como las opciones que pueden tener para incrementar el monto.

Además, pueden calcular las entradas y salidas de dinero mensuales, con la finalidad de identificar los gastos hormiga para poder mejorar su situación financiera y tener más control de estos.

Las personas que ya no cotizan en el IMSS pueden acumular sus semanas mediante la Modalidad 40 para poder juntarlas con los años de servicio del ISSSTE, y para realizar este proceso se deben tener 60 años de edad.

Además, también se debe estar en periodo de Conservación de Derechos en IMSS, tener una Constancia de Periodos Reconocidos ISSSTE-IMSS, pertenecer al Régimen de Cuentas Individuales del ISSSTE y formar parte de la Ley 73 o 97 del IMSS.

También te puede interesar:

Únete a nuestro canal de WhatsApp. En La Razón enviamos a tu celular lo más importante México y el Mundo, recuerda que una persona informada siempre tiene La Razón.

Temas:

Google Reviews