El aguinaldo es una prestación a la que las y los trabajadores del país tienen derecho a recibir una vez al año, y este debe otorgarse en equivalencia al salario que reciben actualmente sin importar si llevan un año en su actual empleo o menos.
El artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo (LFT) establece que las y los trabajadores deben recibir el pago de su aguinaldo antes del día 20 de diciembre, y este debe ser equivalente a un mínimo de 15 días de salario.
Sin embargo, este 2026 las y los servidores públicos que estén sujedos a la Ley Federal Trabajadores al Servicio del Estado recibirán un aguinaldo equivalente a 40 días de salario.

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Este aguinaldo de 40 días comenzará a ser dispersado a partir del 10 de noviembre, y podría brindarse incluso en dos partes que llegarán como límite en enero del 2027 en el caso de las pensiones.
El decreto publicado el 23 de octubre del 2026 en el Diario Oficial de la Federación (DOF) establece que quienes recibirán esta retribución económica son:
- Las personas servidoras públicas de las Dependencias y Entidades Federales
- El personal del Servicio Exterior Mexicano que se encuentre en funciones en territorio nacional, y el que se encuentre en funciones en las representaciones de México en el extranjero
- El personal militar en activo
- Las personas físicas contratadas bajo el régimen de honorarios
- Las personas que reciban pensión militar, pensión civil, pensión de gracia o los deudos de esas personas a quienes se les haya otorgado una pensión del ISSSTE o con cargo al erario federal

¿Quiénes deben recibir el pago de aguinaldo?
Las y los trabajadores del sector privado reciben un salario que debe ser equivalente a los días que lleven laborando en caso de no haber cumplido un año en sus empleos actuales antes de recibir esta prestación.
Este pago se brinda a “trabajadores de base, de confianza, de planta, sindicalizados, por obra o tiempo determinado, eventuales, comisionistas, agentes de comercio, de seguro, vendedores y otros semejantes que se rijan por la Ley Federal del Trabajo”.
Quienes no reciban un pago de aguinaldo podrán comunicarse directamente con la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (PROFEDET) vía telefónica al número 59 98 2000 o al 018009117877, 018007172942, y por correo electrónico orientacionprofedet@stps.gob.mx
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